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Tu vida, tu seguridad, tu cuidado.

La ciberseguridad es un tema importante a la hora de entregar tus datos y a quienes. Por ello, CIDLA te introduce un poco a las leyes que protegen y defienden tu información como persona natural.

Ley 20.584

Regula los derechos y deberes de las personas en relación con acciones vinculadas a su atención de salud

Se aplicarán a cualquier tipo de prestador de acciones de salud, sea público o privado. Asimismo, y en lo que corresponda, se aplicarán a los demás profesionales y trabajadores que, por cualquier causa, deban atender público o se vinculen con el otorgamiento de las atenciones de salud. Para el otorgamiento de prestaciones de salud todo prestador deberá haber cumplido las disposiciones legales y reglamentarias relativas a los procesos de certificación y acreditación, cuando correspondan.

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Aquellos que organizan en establecimientos asistenciales medios personales, materiales e inmateriales destinados al otorgamiento de prestaciones de salud, dotados de una individualidad determinada y ordenados bajo una dirección, cualquiera sea su naturaleza y nivel de complejidad. Corresponde a sus órganos la misión de velar porque en los establecimientos indicados se respeten los contenidos de esta ley.

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Personas naturales que, de manera independiente, dependiente de un prestador institucional o por medio de un convenio con éste, otorgan directamente prestaciones de salud a las personas o colaboran directa o indirectamente en la ejecución de éstas. Se consideran prestadores individuales los profesionales de la salud a que se refiere el Libro Quinto del Código Sanitario.

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Ley 19.628

Protección de la información de las personas naturales.

La Ley Nº 19.628 Sobre Protección De La Vida Privada regula el tratamiento de datos de carácter personal en registros o bancos de datos por organismos públicos o por particulares. 

 

De manera frecuente algunas personas han visto expuestas a la publicación de sus datos personales e información comercial sensible sin razón alguna. Es más, registros y bancos de datos han publicado indiscriminadamente información comercial sensible pasando a llevar el límite legal relativo a lo que se puede publicar sin su autorización.

Así, que éstos registros públicos y bancos de datos puedan determinar qué información publicar, conlleva que estas entidades se arrogan indebidamente la potestad de determinar qué deudas merecen publicidad, siendo tratadas como exigibles e incumplidas, bastando la mera declaración del acreedor para ello, sin mayor rigurosidad ni declaración de certeza jurídica, lo que en algunos casos significa la vulneración de garantías constitucionales fundamentales tales como la honra, el prestigio de las personas jurídicas y debido proceso legal. Adicionalmente, esto se ha prestado como medio de presión de cobro, escapando de los medios jurisdiccionales establecidos y debidamente regulador por el Ordenamiento Jurídico.

 

CIDLA Y LA

CIBERSEGURIDAD

Nuestros conocimientos y tecnologías humanizadas son gracias a un equipo interdisciplinario de vanguardia, con este principio, todos nuestros proyectos actuales y futuros fomentan la seguridad de los datos que tú, como persona o corporación, necesitan tener.